Exportación del paro a Londres
Si estás cobrando el paro y decides irte a vivir a Londres tienes dos opciones para seguir cobrando tu prestación. Una es la forma correcta y la otra, es la políticamente incorrecta, o más bien ilegal.
Desde JustGo te aconsejamos que aunque sea más complicada, procedas con la opción correcta porque además de evitarte problemas con el gobierno si te pillan, también tiene cierto beneficios que te interesan conservar.
El procedimiento para la exportación del paro a Londres es:
– Ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo en España.
– Haber estado cobrando al menos 4 semanas el subsidio en España (aunque hay posibles excepciones a esta norma).
– La solicitud de exportación de las prestaciones se hace en la oficina de empleo española, la oficina que te pertenece según tu domicilio. Y una vez llegas al país de destino, deberás finalizar el proceso en la oficina correspondiente a tu domicilio también. Aquí te dejamos la autorización online para que la imprimas y la rellenes para llevarla a tu centro del INEM.
PROCEDIMIENTO
1) En tu oficina del INEM en España debes reclamar un documento llamado U2.
2) Cuando llegues a Londres, con el U2, tienes una semana para inscribirte como demandante de empleo en el Job Centre que corresponda a tu domicilio. Donde además te pedirán de rellenar otros papeles.
Tienes 7 días para proceder con este trámite, quiere decir que en ese tiempo es necesario haber encontrado alojamiento (JustGo te facilitamos este paso, ya que te vas de España con la dirección exacta) y deberás pasar unas condiciones según la legislación británica para demandantes de empleo.
Si todo sale bien (que no hay motivos porque no salga), recibirás el subsidio durante un máximo de 3 meses (prorrogables a 3 meses más según el país). Ten en cuenta que des de que presentes tus papeles al Job Centre hasta que cobres puede pasar hasta un mes, si al mes ves que no has cobrado debes volver a reclamar. Y recuerda, deberás ir a sellar cada 15 días al Job Centre de tu zona!
¿CUÁNTO TIEMPO PUEDO COBRAR EL PASO EN UK?
– En estos 3 meses en el extranjero, si encuentra trabajo se suspende o extingue la prestación por desempleo, según los casos.
– Si no lo encuentra y vuelve antes de los 3 meses a España, podrás continuar cobrando el paro tal y como lo tenías reconocido anteriormente.
– Si no encuentras trabajo, pero se supera el periodo máximo de exportación y el trabajador no vuelve a España, se extinguen las prestaciones.
De modo que si en 3 meses lo has intentado pero no has encontrado trabajo en Londres, puedes volver a España y seguir cobrando la prestación bajo las mismas condiciones que antes de tu partida! 🙂
Ten en cuenta que si encuentras trabajo, tienes hasta 1 año para volver a España y seguir cobrando el paro, después de ese año, perderás el derecho a paro….
Ahora queda «up to you» hacerlo de la forma correcta o no. Nosotros lo recomendamos altamente ya que tiene sus beneficios y tampoco es tan complicado!
Esperamos que este post te haya servido, y si te queda alguna duda o quieres aclarar algún punto, como siempre puedes participar sin problemas! Que nos encanta recibir vuestros comentarios!!
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